08 | mayo: Día de la lucha contra la violencia institucional
El 8 de mayo de 1987, Oscar Arades, Roberto Argarañaz y
Agustín Olivera, jóvenes del barrio Ingeniero Budge, de la Provincia de
Buenos Aires, fueron asesinados por efectivos de la Policía Bonaerense. A
partir de entonces, familiares y vecinos de las víctimas se organizaron para
pedir justicia por estas tres víctimas de —lo que más adelante se conocería
como— gatillo fácil. El hecho, conocido como Masacre de Budge, fue contemplado
por la Ley 26.811, sancionada y promulgada entre noviembre del 2012 y enero de
2013, la cual instituyó el 8 de mayo como Día Nacional de la Lucha Contra la
Violencia Institucional con el objeto de «recordar todas las violaciones a los
derechos humanos ocasionados por las fuerzas de seguridad, promoviendo la
adopción de políticas públicas en materia de seguridad respetuosas de los
derechos humanos».
Esta fecha busca promover la conciencia, controles y estados
de alerta sobre estos actos que se traducen de diversas formas y a través de
distintas instituciones. Para estos fines, la Secretaría de Derechos
Humanos de la Nación elaboró el manual
Derechos Humanos frente a la Violencia Institucional, en el cual se definen
los conceptos, situaciones y factores que deben estar presentes para que un
determinado caso u hecho sea considerado como un acto de violencia
institucional.
De esta forma, se entiende por «violencia institucional»
toda aquella práctica que implique un abuso, omisión de un reclamo o
impedimento del pleno ejercicio de un derecho por parte de una determinada
institución pública, principalmente de las órbitas de seguridad, salud y
justicia, sobre la ciudadanía. Por otro lado, el manual enumera tres
componentes que deben estar presentes para que el hecho sea considerado como
violencia institucional: «prácticas específicas (asesinato, aislamiento,
tortura, etc.), funcionarios públicos (que llevan adelante o prestan
aquiescencia) y contextos de restricción de autonomía y libertad (situaciones
de detención, de internación, de instrucción, etc.)».
El objetivo de esta fecha y medidas (confección y
publicación de manuales, materiales de educación que aborden este fenómeno,
difusión de información, etc.) apunta a disminuir las situaciones de violencia
que afectan a la sociedad —sobre todo a los sectores más vulnerables— por parte
de las instituciones y generar en el Estado un uso racional de, principalmente,
las fuerzas policiales y de toda institución que contenga entre sus facultades
la posibilidad de ejercer un abuso de poder.
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