08 | mayo: Día de la lucha contra la violencia institucional

El 8 de mayo de 1987, Oscar Arades, Roberto Argarañaz y Agustín Olivera, jóvenes del barrio Ingeniero Budge, de la Provincia de Buenos Aires, fueron asesinados por efectivos de la Policía Bonaerense. A partir de entonces, familiares y vecinos de las víctimas se organizaron para pedir justicia por estas tres víctimas de —lo que más adelante se conocería como— gatillo fácil. El hecho, conocido como Masacre de Budge, fue contemplado por la Ley 26.811, sancionada y promulgada entre noviembre del 2012 y enero de 2013, la cual instituyó el 8 de mayo como Día Nacional de la Lucha Contra la Violencia Institucional con el objeto de «recordar todas las violaciones a los derechos humanos ocasionados por las fuerzas de seguridad, promoviendo la adopción de políticas públicas en materia de seguridad respetuosas de los derechos humanos».

Esta fecha busca promover la conciencia, controles y estados de alerta sobre estos actos que se traducen de diversas formas y a través de distintas instituciones. Para estos fines, la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación elaboró el manual Derechos Humanos frente a la Violencia Institucional, en el cual se definen los conceptos, situaciones y factores que deben estar presentes para que un determinado caso u hecho sea considerado como un acto de violencia institucional.

De esta forma, se entiende por «violencia institucional» toda aquella práctica que implique un abuso, omisión de un reclamo o impedimento del pleno ejercicio de un derecho por parte de una determinada institución pública, principalmente de las órbitas de seguridad, salud y justicia, sobre la ciudadanía. Por otro lado, el manual enumera tres componentes que deben estar presentes para que el hecho sea considerado como violencia institucional: «prácticas específicas (asesinato, aislamiento, tortura, etc.), funcionarios públicos (que llevan adelante o prestan aquiescencia) y contextos de restricción de autonomía y libertad (situaciones de detención, de internación, de instrucción, etc.)».

El objetivo de esta fecha y medidas (confección y publicación de manuales, materiales de educación que aborden este fenómeno, difusión de información, etc.) apunta a disminuir las situaciones de violencia que afectan a la sociedad —sobre todo a los sectores más vulnerables— por parte de las instituciones y generar en el Estado un uso racional de, principalmente, las fuerzas policiales y de toda institución que contenga entre sus facultades la posibilidad de ejercer un abuso de poder.

 


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