26 | junio: Día Internacional en apoyo a las Víctimas de la Tortura
El objetivo de esta fecha es reflexionar para tomar acciones concretas que protejan los derechos de las personas y familiares que fueron víctimas de tortura; y encarar políticas públicas para la prevención contra la tortura y otros tratos o penas crueles y degradantes que atenten contra las personas.
La tortura está absolutamente prohibida en todos los instrumentos internacionales y no puede justificarse en ninguna circunstancia. En tal sentido, al ser parte del derecho internacional consuetudinario, es vinculante para todos los miembros de la comunidad internacional, aun si un Estado no ha ratificado los tratados internacionales en los que se prohíbe explícitamente. Su práctica sistemática y generalizada constituye un crimen contra la humanidad.
El artículo 1 de la “Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes” define la tortura como “todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia.”
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